miércoles, 20 de noviembre de 2013



REINTEGROS Y SUBSIDIOS

La Temporada de Turismo rige entre el 30 de Junio al 1 de Julio del siguiente año. ¡Anualmente el SATSAID te reintegra hasta $1800 por tus viajes!
Los reintegros pueden ser presentados durante todo el año, hasta llegar al tope de bonificación. Son acumulativos de los distintos tipos de reintegros presentados.
El acceso a los mismos requiere 6 meses de afiliación sindical. Se reconocen los reintegros del titular y su grupo familiar directo.
(cónyuge, novia/o e hijos hasta 21 años no cumplidos)

IMPORTANTE: los reintegros siempre se gestionan al regreso del viaje. Tienen vencimiento a partir de los 30 días del retorno. Si la gestión del reintegro la realiza otra persona, es necesario que posea todos los datos concernientes a los pasajeros y el destino.
LAS COMPRAS PREVIAMENTE AUTORIZADAS VÍA INTERNET TENDRÁN VALIDEZ SÓLO CONTRA PRESENTACIÓN DE FACTURA ELECTRÓNICA Y EN NINGÚN CASO LOS RESUMENES DE TARJETA DE CRÉDITO SERÁN VALIDOS PARA ACCEDER A LOS REINTEGROS.

REINTEGROS POR PASAJES TERRESTRES
Se reintegra el 24% del valor total del pasaje.
Se reconocen solo pasajes emitidos en el país.
No se reconocerán tramos internos internacionales.
Todos los pasajes deberán estar en pesos argentinos.

REINTEGROS POR PASAJES AÉREOS
Se reintegra el 24% del valor total de los aéreos adquiridos por Compañías
Aéreas directas o Agencias Autorizadas del SATSAID.
En el caso de comprar los aéreos por Agencia Autorizada, el reintegro se gestiona con entrega de la Factura B ó C a nombre del titular.
En el caso de comprar los aéreos a Compañía Aérea directa se debe presentar el ticket electrónico con el importe abonado y los boarding pass del vuelo.

REINTEGROS POR PASAJES MARÍTIMOS Y FLUVIALES
Se reintegra el 24% del valor total del pasaje.
Los pasajes deben estar en pesos argentinos y emitidos directamente con la empresa prestadora del servicio o a través de agencia autorizada.

REINTEGROS POR ALOJAMIENTO
Se reintegra el 24% por alojamientos en cualquier Hotel, Camping, Cabañas, etc., “dentro del país”. Debe presentarse factura B ó C a nombre del titular, o ticket fiscal, con el servicio detallando el tipo de habitación y fecha de estadía, en pesos argentinos. No se contemplarán gastos adicionales, como ser consumiciones dentro del hospedaje, estacionamiento, gastos telefónicos, etc.
En caso de hospedaje internacional el mismo deberá ser contratado por alguna de nuestras agencias autorizadas, ya que no se reconocen facturas emitidas en otros países o en moneda extranjera.

REINTEGROS POR PAQUETES TURÍSTICOS
Se reconocen los paquetes turísticos contratados a través de una agencia autorizada cuyo pago se realizó en la misma. Reintegro del 24% contra presentación de la Factura B ó C a nombre del titular.

SI FUESE NECESARIO REALIZAR UNA COMPRA POR FUERA DE UNA AGENCIA AUTORIZADA DEBERÁ SOLICITAR AUTORIZACIÓN ANTICIPADA A LA SECRETARÍA DE TURISMO.

REINTEGROS POR ALQUILER
Se reintegra el 30%.
Para gestionarlo es imprescindible presentar:

Opción 1
Contrato a nombre del titular y factura B ó C por la comisión de la inmobiliaria.
Opción 2
Factura B ó C de la inmobiliaria por el valor total del alquiler.
Opción 3
Factura del propietario del inmueble por el total del alquiler.

EN NINGÚN CASO SE REINTEGRARÁ SIN LA PRESENTACIÓN DE LA FACTURA. Los alquileres en el exterior sólo serán reconocidos si se contratan en inmobiliarias nacionales o agencias de turismo autorizadas, debiendo presentar la correspondiente factura en pesos argentinos.

SUBSIDIO DE COMBUSTIBLE
Este beneficio se otorgará al afiliado que utilice vehículo propio con hospedaje en hotelería o camping del SATSAID. Se reintegran $100 cada 500 km, por un máximo de 2500 km.
Para obtener este subsidio deben presentarse en la oficina de Turismo con factura B ó C o ticket fiscal por los gastos de combustible por el monto a reintegrar.

Este beneficio se otorga una sola vez por temporada


SUBSIDIO POR CASAMIENTO
Se otorgará un subsidio de $1600 a todo afiliado titular que contraiga enlace. En el supuesto que ambos cónyuges sean titulares el mismo corresponderá a cada una de las partes. Para la obtención del subsidio se deberá presentar fotocopia del certificado de matrimonio y último recibo de sueldo, dentro de los 6 meses posteriores.


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